Tributación de las Sociedades, Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Único del artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta. 21 horas

Dictado vía Zoom y grabado para su revisión en el Campus Virtual de Indep Online.

Profesor: Samuel Gutiérrez Palma, Abogado, Contador Auditor, Magíster en Derecho, Profesional Experto del Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, Docente en universitario.
 
Objetivos:
Identificar, comprender y aplicar los elementos jurídicos-contables de la tributación de sociedades frente al impuesto corporativo establecido en la Ley de la Renta.
Reconocer y comprender, desde una perspectiva teórica - práctica, el hecho gravado, la determinación y conformación de los elementos de la base imponible.
A lo largo de las sesiones, analizaremos los fundamentos de la tributación de las sociedades y del impuesto de primera categoría con énfasis en el hecho gravado, las exenciones, los sujetos, la determinación de la base imponible y la tasa, para aprender a determinar correctamente el Impuesto de Primera Categoría y el Impuesto Único del artículo 21 de la ley de la Renta.

Contenidos:
TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES, IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA:

- Introducción:
  - Principio de Reserva Legal.
  - Estructura General de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
 - Esquemas Generales.
- Hecho Gravado de la Ley de la Renta: La Renta.
  - Concepto de Renta.
  - Momentos en que se grava la renta:
    - Renta Devengada.
    - Renta Percibida. 
  - Formas de determinar la Renta:A.- Efectiva: 
     A.1) Los no obligados a llevar contabilidad
     A.2) Tributación según contrato
     A.3) Los facultados a llevar contabilidad simplificada.
     A.4) Los que deberán llevar contabilidad completa.
 
B.- Presunta:
B.1) La explotación de bienes raíces agrícolas.
B.2) La pequeña minería.
B.3) Transporte terrestre de carga o pasajeros.
 
Situaciones de Exención:
- Ingresos No Renta
   Art. 17 N° 1 inc. 1° y 2°. - Indemnizaciones
   Art. 17 N° 5.- Aportes
   Art. 17 N°6.- Distribución de acciones liberadas
   Art. 17 N°7.- Devolución de Capitales Sociales.-
- Rentas Exentas
   Art. 39.- Rentas Exentas
   Art. 40.- Personas Exentas.

Sujeto Pasivo:
- El contribuyente.
   - Norma general.
   - Casos especiales.
   - Normas de relación

Principios para gravar las rentas. Factores de Conexión:
1° Principio del Domicilio o Residencia.
2° Principio de la Fuente.
3° Principio de la Fuente Pagadora de la Renta.-

Origen de las rentas
Art. 10.- Rentas de fuente chilena.
Art. 11.- No se considerarán rentas de fuente chilena. 

Reconocimiento de las Rentas
Art. 12.- Reconocimiento de las rentas de fuente extranjera. 

Base imponible:
Determinación de la Renta Líquida Imponible, Art. 29 al 33 de la LIR
 Art. 29.- Ingresos Brutos
   -Definición.
   - Fuente de los Ingresos.
   - Reconocimiento de los ingresos.

Art. 30.- Costos:
- Definición
- Reconocimiento contable.
- Tratamientos tributarios. 

Art. 31.- Gastos:
Análisis del artículo 31:
Inc. 1°:  Regla General / Gastos no deducibles
Inc. 2°: Gastos incurridos en el extranjero.
              Inc. 3°: Gastos con partes relacionadas.
              Inc. 4°: Procederá la deducción de los siguientes gastos especiales:
                - Intereses
                - Impuestos
                - Pérdidas
                - Deudas Incobrables
                - Depreciación
                - Remuneraciones
                - Donaciones
                - Reajustes diferencias de cambios 
                - Gastos de organización y puesta en marcha y regula efectos de las fusiones
                - Gastos de Publicidad de productos nuevos
                - Investigación científica y tecnológica
                - Pagos al exterior
                - Exigencias Medioambientales
                - Desembolsos o descuentos por daño patrimonial a clientes o usuarios. 

- Art. 32.- Ajustes por corrección monetaria:
- Deducciones
- Agregados

Art 33.- Determinación de la Renta Liquida Imponible.
- Agregados
- Deducciones

Tasa del Impuesto de Primera Categoría.
- Art. 20.- Tasa General y especial.
 
IMPUESTO ÚNICO DEL ARTÍCULO 21 DE LA LEY DE IMPUESTO A LA RENTA.
Objetivo

Análisis del impuesto y de los contribuyentes gravados:
- Artículo 21.- Inc. 1° Contribuyentes y tasa aplicable
  i) Gastos rechazados no atribuibles
  ii) Hipótesis de tasación

 Artículo 21.- Inc. 2°
  No se afectarán con este impuesto-

Artículo 21.- Inc. 3° Contribuyentes y tasa aplicable
  i) Gastos rechazados atribuibles
  ii) Préstamos que la empresa efectúa a los propietarios.
  iii) Retiros presuntos
  iv) Garantías 

Clases:
Martes 25 de noviembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.
Miércoles 26 de noviembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.
Martes 2 de diciembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.
Miércoles 3 de diciembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.
Martes 9 de diciembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.
Miércoles 10 de diciembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.
Martes 16 de diciembre de 2025 de 18:30 a 21:30 hrs.

 
Aranceles:
Colegiado con licencia al día: $110.000-
Arancel General: $190.000-

  •   Profesor: Samuel Gutiérrez Palma

  •   Código Sence: sin sence

  •   Inicio: 25/11/2025

  •   Termino: 16/12/2025

  •   Horarios: 18:30 a 21:30 hrs.

  •   Colegiado con licencia al día: $110.000

  •   Publico General: $190.000